Adoptadas en la primera reunión del Consejo de IABIN
Miami, Florida, EE.UU., 13 al 14 de diciembre de 1999

CONSIDERANDO

Que la sociedad civil, gobiernos, negocios, y generacines futuras necesitan información sobre biodiversidad correcta y útil;

La iniciativa 31 de el Plan de Acción de Santa Cruz (Bolivia) Sumit de las Americas en Desarrollo Sostenible (1996) llama al desarrollo de "una Red de Información sobre Biodiversidad Inter-Americana, primariamente a través de la Internet, que promoverá medios compatibles de colección, comunicación, e interdambio de información relevante para la toma de decisiones y educación sobre conservación de la biodiversidad...";

La Organización de Estados Americanos, el Comité Inter-Americano sobre Desarrollo Sostenible (OEA/CIDS) en su reunión del 15 de Octubre 1999, endosó la recomendación de dar autoridad a un Consejo de IABIN en calidad de miembros; y

Que los participantes, siendo miembros nacionales y otros miembros interesados invitados, desean participar en el establecimiento y operacion de una Red Inter-Americana de INformación sobre Biodiversidad (designada de aqui en adelante como IABIN);

NOSOTROS, POR LO TANTO, CONVENIMOS

Que las siguientes son las Reglas de Procedimiento para la Operación de IABIN.

Articulo I
OBJECTIVOS

A. Descripción de IABIN

Los objetivos de IABIN están definidos en la Iniciativa 31 de el Plan de Acción de Santa Cruz. IABIN, como red de información sobre biodiversidad tiene dos facetas: es un foro en el cual los países de las Américas peuden reunirse para facilitar el desarrollo y compartir información sobre biodiversidad, y es un recurso basado en la Internet con infraestructura y contenido.

IABIN promueve una amplia participación de todos los sectores de la sociedad, incluyendo gobierno, académico, organizaciones no-gubernamentales, y el sector privado. La participación puede ser por medio de una institución, organización, o individual. Los participantes incluyen (entre otros) proveedores originales de datos, procesadores de datos e información, creadores de la infraestructura de la red, y usuarios delos datos y productos y servicios de información, así como los que participan directamente en cualesquiera de los cuerpos de gobernanza de IABIN (Consejo, Grupos Técnicos de Trabajo, Comités, etc.).

IABIN promueve un proceso de compartir que incluye la identificación de requerimientos de datos, el facilitar identificación y acceso a los datos, la coordinación de participacion multinacional en proyectos, y la construcción de capacidad como pre-requisito para lograr los objetivos de la red. IABIN anima la interoperabilidad entre las iniciativas de la información sobre biodiversidad de sus participantes a través de sociedades de colaboración y la adopción de estándares técnicos y de protocolos comunes.

IABIN participa en el desarrollo de estratégias para el manejo de información sobre biodiversidad en colaboración con otras iniciativas mundiales y regionales para satisfacer su mandato de proteger, realzar, y utilizar la información sobre biodiversidad con la mayor effectividad.

IABIN promueve el acceso abierto a datos e información sobre biodiversidad y a la vez reconoce y respeta los derechos de los dueños/proveedores originales de los datos.

La visión de IABIN es éste será una red distribuida auto-sostenible la cual provee acceso abierto a relevante información de alta calidad sobre biodiversidad en las Américas, proveyendo esa información en el momento que se necesita a los usuarios a lo largo de el sector privado y público en las Américas y a otros sectores interesados en el mundo

B. Alcance de las Actividades

A través de la participación en el Programa de Trabajo de IABIN, los miembros de IABIN emprenderán algunos (o todos) los tipos de actividades siguientes :

  1. Mejorar la accesibilidad, lo completo y la interoperabilidad de las bases de datos de biodiversidad, y promueva los estándares para el intercambio de datos y los vocabularios compartidos ;

  2. Desarrollar una biblioteca digital de información sobre biodiversidad;

  3. Desarrollar sociedades con organizaciones e iniciativas existentes, como el CHM, GBIF, la Red del Hombre y la Biósfera (MAB), Espécies 2000, la Red de Información sobre Biodiversidad de Norte America, el Sistema de Información de Taxonomía Integrada, e iniciativas similares;

  4. Desarrollar sociedades con instituciones y organizaciones que proveen información primaria, como museos, herbaria, colecciones de cultivos de microbios, etc.

  5. Desarrollar, implementar, y promover un curriculum modelo de entrenamiento sobre sistemas de información sobre biodiversidad para personas interesadas ( por ejemplo, investigadores, gerentes de áreas protegídas, gerente de datos y técnicos, tomadores de decisiones y creadores de políticas) en el uso e intercambio de información sobre biodiversidad;

  6. Coordinar actividades de los miembros de IABIN con las actividades de otros para evitar la duplicación y para beneficiar a todos con recursos y experiencia existente;

  7. Desarrollar politicas en la red concernientes a control de calidad de los datos, acceso a los datos y la información, metadatos, y reconocimiento apropiado de las fuentes originales de datos e información; e

  8. Identificar las fuentes de financiamiento para apoyar el desarrollo de redes de información sobre biodiversidad.

Articulo II
GOBERNANZA

A.  Convocador Intergubernamental (Anfitrión Diplomático)

IABIN operará bajo el auspicio de una organización anfitriona. Las resposabilidades específicas de el anfitrión son:

Invitar a los gobiernos a nombrar Puntos Focales Nacionales para IABIN (animando a los países a coordinar los puntos focales de IABIN y el CHM) y a mantener una lista oficial de puntos focales ;

  1. Con el Presidente de el Consejo de IABIN, convocar reuniones de el Consejo y otras reuniones inter-gubernamentales como sean necesarias;

  2. Mantener a los Estados miembros informados de los avances en cuanto a las implementaciones de los objetivos de IABIN en los niveles politicos mas altos para asegurar la continuación de el apoyo para recomendaciones emanadas de IABIN;

  3. Apoyar actividades parar recabar fondos; y

  4. Participar en reuniones de el Consejo de IABIN como miembro con voz y voto, y en el Comité Ejecutivo como miembro ex-oficio con voz pero no voto.

La Organización de Estados Americános, cumpliendo con su mandato de continuar con el Plan de Acción de el Sumit de Santa Cruz, será el anfitrión diplomático de IABIN.

B. Puntos Focales Nacionales

La fundación para la participación nacional en IABIN es a través de una estructura de puntos focales. Los Puntos Focales Nacionales son designados formalmente a la Organización de Estados Americanos por los gobiernos a traves de los canales diplomáticos apropiados. (A los gobiernos se les recomienda coordinar los puntos focales de IABIN y el CHM lo más posible). Cada Punto Focal debe proveer el numero de una persona laternativa que puede actuar durante la ausencia de el Punto Focal.

Los roles de los Puntos Focales son:

  1. Servir como enlace para todos los asuntos de IABIN;

  2. Establecer mecanismo de consulta nacionales cuando sea necesario para estimular los niveles de participación -nacionales y subnacionales- en actividades de IABIN;

  3. Animar la participación nacional de fuentes originales de datos como museos, herbarios, incluyendo la posible formación de redes de información nacionales;

  4. Representar las perspectivas de sus gobiernos en cuanto a asuntos técnicos;

  5. Buscar oportunidades de financiamiento para el desarrollo de información sobre biodiversidad e IABIN;

  6. Identificar nuevas ideas para proyectos y prioridades de sus países;

  7. Mantenerse informados sobre las actividades de IABIN dentro de sus países y actuar como clearinghouse de esa información;

  8. Promover colaboración entre IABIN y otras alternativas nacionales y transnacionales cuando sea apropiado;

  9. Actuar como enlace principal de comunicación a la red, manteniendo a las organizaciones participantes informadas con respecto a los intereses y actividades de IABIN.

C. El Consejo IABIN

IABIN operará a traves de un consejo de miembros que se llama el Consejo de IABIN.

C-1. Responsabilidades de el Consejo

El Consejo esta enfocado políticas. Tiene la autoridad de tomar decisiones y acciones en nombre de IABIN. Las funciones principales de el Consejo serán:

  1. Proveer la visión y dirección estratégica de IABIN;

  2. Desarrollar politicas para IABIN;

  3. Dar cualquier recomendación necesaria a la OEA en cuanto a coordinación o acción;

  4. Proveer supervisión de los proyectos y el progreso de IABIN;

  5. Aprobar miembros para el Comité Ejecutívo;

  6. Aprovar membresías a el Consejo que no sean de Puntos Focales;

  7. Revisar anualmente las actividades de los otros cuerpos de gobernanza de IABIN (Comité Ejecutívo, Comités del Consejo, Grupos Técnicos de Trabajo, etc.) para asegurar que las actividades se conforman a los objetivos de IABIN se concentra en las necesidades de sus miembors; y

  8. Aprobar anualmente un presupuesto y Programa de Trabajo para IABIN.

C-2. Miembros del Consejo de IABIN

Los miembros del consejo de IABIN difieren de las participaciones técnicas en IABIN a través de los Grupos de Trabajo y proyectos. Los miembros del Consejo incluyen:

  1. Puntos Focales Nacionales designados oficialmente;

  2. Representates de organizaciones aprobadas, centros, insituciones o iniciativas de alcance internacional o hemisférico que cumplen el criterio establecido; y

  3. Un representate de la organización diplomática anfitriona.

  4. Por propositos prácticos, el tamaño del Consejo no excederá 50 miembros.

C-3. Derechos de Voto

Cada Miembro del Consejo tendrá voz y voto.

C-4. Commités del Consejo

El (La) Presidente(a) del Consejo puede establecer un comité permanente o informal para apoyar el trabajo del Consejo.

C-5. Oficiales del Consejo

El Consejo tendrá un(a) Presidente(a) y Vice-Presidente(a).

El(La) Presidente(a) presidirá el Consejo y es responsable por la dirección general de IABIN y la implementación apropiada de estas Reglas de Procedimiento.

El(La) Vice-Presidente(a) asistirá al(a la) Presidente(a) tanto como sea requerido y actuará como Presidente(a) en su ausencia durante las reuniones del Consejo. Los oficiales son elegidos por términos de tres años por un voto de 2/3 d los miembros del Consejo que pueden votar.

C-6. Reuniones del Consejo

El Consejo debe reunirse una vez al año y más frecuentemente si es necesario de acuerdo a la discreción del (la) Presidente(a), o por medio de una petición de 6 miembros y aprobación de el Comité Ejecutivo. Un aviso de minimo 60 dias debe darse para reuniones del Consejo.

Minutas de cada reunión del Consejo deben ser tomadas por un ponente nombrado por el(la) Presidente(a) de cada reunión.

D. Comité Ejecutivo de IABIN

Para poder guiar efectivamente las opreaciones de IABIN y para ejecutar las decisiones relacionadas con las politicas de el Consejo, un cuerpo de gobernanza mas reducido es necsario. Este cuerpo será llamado el Comité Ejecutivo de IABIN (CEI).

D-1. Responsibilidades de el Comité Ejecutivo de IABIN

Las responsabilidades de el Comité Ejecutivo de IABIN incluyen:

  1. Ejecutar las decisiones del Consejo;

  2. Decidir politicas operacinales y destinar recursos de la red para facilitar proyectos;

  3. Establecer procedimientos para conducir el manejo operacional de IABIN;

  4. Aprobar el establecimiento y mandatos para grupos técnicos de trabajo y nombrar presindentes cuando sea necesario;

  5. Determinar requerimientos minimos para el Hub y ser responsable de su selección, dirección, y continua supervisión;

  6. Aprobar la selección de el(la) Secretario(a) Ejecutivo(a) de el Hub y monitorear su funcionamiento;

  7. Con apoyo del Hub, recomendar un programa anual de trabajo y presupuesto al Consejo;

  8. Proveer al Consejo con un reporte anual sobre el progreso y logors de IABIN de el año anterior; y

  9. Aprobar un estado financiero anual para ser presentado al Consejo que contenga balances actuales y que cubra las actividades del año previo.

D-2. Miembros

El Comité Ejecutivo va a consistir de nueve miembros con derecho a voto, incluyendo:

· El(la) Presidente(a) del Consejo;

· El(la) Vice-Presidente(a) del Consejo; y

· Siete miembros elegidos de acuerdo a el siguiente criterio:

  • Representacion gubernamental geográfica;
  • Inclusión de hasta dos representates no-gubernamentales; y
  • Interés y compromiso.

Un representante de la OEA y el(la) Secretario(a) Ejecutivo(a) de el Hub de IABIN serán miembros ex-officio de el Comité Ejecutivo, con voz pero no voto.

El(la) Presidente(a) del Consejo de IABIN será el(la) Presidente(a) de el Comité Ejecutivo.

Miembros del Comité Ejecutivo permanecrán por términos de tres años, escalonados en rotaciones con algunos miembros cambiando cada año.

D-3. Selección de Miembros

El(la) Presidente(a) de el Consejo apuntará comité de nominaciones informales que consistirán de al menos tres miembros, los cuales sugerirán nominaciones para posiciones en el Comité Ejecutivo. De este grupo de nominados se escogerá por votación en la reunión anual del Consejo de IABIN. Las selecciones se harán de acuerdo a la mayoría de votaciones.

D-4. Reuniones de el Comité Ejecutivo

El Comité Ejecutivo debe estar en contacto regular y reunirse regularmente, al menos trimestralmente [por medio electrónico, si es necesario].

E. Grupos Técnico de Trabajo

Para poder lograr el trabajo técnico de IABIN, Grupos Técnico de Trabajo (TWG por sus siglas en inglés) serán establecidos cuando sea necesario y para tareas específicas y por tiempo determinado. Cualquier miembro de IABIN puede proponer un TWG al Comité Ejecutivo que tendrá la autoridad de reconocerlo y pedirle al HUB que asista apoyando la formación de este grupo. El(la) Presidente(a) de el Grupo de Trabajo Técnico será elegido(a) por el Comité Ejecutivo basado en capacidad técnica y éste no necesita estar asociado con una organización miembro de IABIN. Asi, se promueve la amplia participación de expertos. Asi mismo, la composición del TWG también será a discreción del Comité Ejecutívo.

F. Hub de la Red (Secretariado)

Para que IABIN pueda operar efectivamente y transparentemente, tiene que tener un staff que se dedique a su desarrollo. Este personal será el Hub o Secretariado de IABIN. El personal (staff) debe ser poliglota.

F-1. Funciones y Responsabilidades

Las funciones del Hub incluyen:

  1. Asistir al Consejo, Comité Ejecutico, y Grupos Técnicos de Trabajo;

  2. Promover la cooperación entre los colaboradores de la red (por ejemplo: reuniones, talleres, boletines de noticias);

  3. Facilitar el entendimiento y compromiso con los objetivos de la red (por ejemplo, tópicos que deben ser atendidos, usuarios que deben ser servidos;)

  4. Facilitar la preparación de planes estratégicos para producción de información (como análisis de necesidades de información, diseño de productos de información, objetivos y fines para los colaboradores de la red);

  5. Facilitar la implementación de planes estratégicos convenidos por el Consejo;

  6. Facilitar el acceso a los datos (por ejemplo, a través de custodia, convenios de acceso a datos, Memoranda de entendimiento, metadatos, y estándares);

  7. Facilitar eld esarrollo de la red (como capacidad para acceso, identificación de areas a re-estructurar o invertir, lograr apoyo);

  8. Mercadear los productos y servicios de la red;

  9. Coordinar actividades de grupos de apoyo;

  10. Organizar reuniones y talleres para los colaboradores de la red;

  11. Acelerar proyectos de la red;

  12. Proveer asistencia editorial y de oficina para la preparación de documentos claves (como planes estratégicos, propuestas de proyectos, literatura de mercado);

  13. Informar a los colaboradores de la red de nuevas oportunidades, planes y progreso (por ejemplo, boletines, correo eletrónico);

  14. Responder preguntas relacionadas con actividades de la red, refiriendo a colaboradores particulares cuando sea necesario;

  15. Mantener copias de los productos y servicios de la red para distribuirlos entre los usuarios;

  16. Manejar datos en cuanto al estatus y disponibilidad de la capacidad de la red;

  17. Proveer soporte al usuario y a la red, incluyendo ayuda;

  18. Manejar servicios de información centrales, incluyendo la página WWW;

  19. Preparar un Programa de Trabajo preliminar y un presupuesto para el Consejo no despues de dos meses antes de cada nuevo año; y

  20. Preparar un reporte técnico sustancial de el Programa de Trabajo cada año, inlcuyendo cuentas financieras, tareas logradas, tareadas no logradas, y cualquier explicación apropiada.

  21. El(la) Secretario(a) Ejecutivo(a) y representantes del Hub (en su capacidad) deben atender las reuniones del Consejo y sus cuerpos subsidiarios en capacidad de consejeros sin derecho a voto.

  22. Dentro del marco de el Programa de Trabajo y Presupuesto asi como consistente con las provisiones de estos Procedimientos o con decisiones del Comité Ejecutivo, el Hub puede contratar o realizar cualquier otro acto legal que sean requeridos para asistir el Secretariado de IABIN.

F-2. Selección

El Hub será seleccionado por el Comité Ejecutivo y aprobado por el Consejo utilizando un criterio establecido. Un contrato será realizado con el Hub delineando los roles y responsabilidades consistentes con estas Reglas de Procedimiento.

Articulo III
USO DEL NOMBRE DE IABIN

Debido a que IABIN va a ser implementado en una red altamente distribuida, es importante entender que las actividades, productos, o acciones pueden ser atribuidas a "IABIN".

Cualquier actividad llevada acabo bajo los auspicios de cualquiera de los cuerpos de gobernanza o cuerpos subsidiarios de IABIN (incluyendo Comités y Grupos Técnicos de Trabajo o oficiales actuando en su capacidad oficial) que promueva los objetivos de IABIN puede utilizar el nombre de IABIN y cualquier simbolo asociado.

Articulo IV
FINANZAS

A. Obligaciones Financieras Individuales

Cada grupo participante debe acarrear el costo que incurren en realizar actividades nacionales relacionadas con información sobre biodiversidad, incluyendo los costos de formulación o transmisión de reportes y de reembolso a sus empleados por viajes y otros gastos a enos otro financiamiento sea hecho disponible por la organización donante.

B. Obligaciones Financieras Comunes

Mientras hayan fondos comunes en el tesoro de IABIN, estos fondos seran asignados al presupuesto de IABIN. Será la responsabilidad de el Consejo de IABIN aprobar un presupuesto general y del Hub, ejecutar el presupuesto y administrar estos fondos bajo la revisión y guía del Comité Ejecutivo de IABIN. Pautas específicas para el gasto de los fondos serán desarrolladas cuando se requieran por el Comité Ejecutivo.

C. Rol de IABIN

Since the network will be built through the efforts of all its partners, IABIN itself is not organized to be a financing mechanism for projects. Rather, it is a facilitating mechanism or framework through which sponsoring organizations and IABIN members can more effectively communicate and develop activities of mutual interest and in support of the overall IABIN objectives. In this regard, it can aid its members and its projects find support for IABIN-related activities.

Articulo V
ADMISIÓN Y RETÍRO

A. Admisión de Nuevos Miembros

Cualquier gobierno de la OEA puede apuntar un Punto Focal IABIN quién automáticamente se convertirá en miembro de el Consejo de IABIN si el país esta de acuerdo a adherirse a estas Reglas de Procedimiento. Por medio de invitación del Consejo luego de los consiguientes procedimientos de aplicación determinados por el Consejo, cualquier otra institución o agencia puede convertirse en miembro de IABIN si firman un convenio de cooperación y se comprometen a seguir estas Reglas de Procedimiento.

B. Retiro

Cualquier miembro de IABIN se puede retirar al enviar un Aviso de Retiro por escrito a través de los canales diplomáticos apropiados al (la) Presidente(a) de el COnsejo con copia al (la) Secretario(a) Ejecutivo(a).

Articulo VI
CAMBIANDO LAS REGLAS DE PROCEDIMIENTO

Cambios a las Reglas de Procedimiento se pueden realizar mediante concenso en una reunión formal del Consejo o, si es necesario, por medio de votos por correo con una mayoría de 2/3 de los votantes.

Anexo 1

CRITERIO PARA MIEMBROS DE ORGANIZACIONES NO-GUBERNAMENTALES INTERNACIONALES Y NACIONALES EN EL CONSEJO DE IABIN